CUIDA tu Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida "Contraseña"
Cualquiera que sea tu régimen de tributación en el SAT, si tienes tu Contraseña o no la recuerdas, este artículo es para ti. Todos hemos escuchado que la Contraseña es la clave de identificación electrónica confidencial fortalecida reconocida por el Servicio de Administración Tributaria como una firma electrónica, que sustituye la firma autógrafa y produce los mismos efectos legales, que las leyes le otorgan a los documentos, teniendo igual valor probatorio y que funciona como mecanismo de acceso a los servicios electrónicos que brinda el SAT a través de su Portal, conjuntamente con la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), pero realmente conoces cuáles son, repasemos. Con ésta podremos:
- Presentar la solicitud de aclaración por
inconformidad con la publicación de sus datos en Portal del SAT por
encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el antepenúltimo
párrafo del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.
- Las personas físicas modificar o corregir
sus datos personales.
- Realizar el cambio de domicilio en el RFC.
- Inscribir en el RFC a las personas que les
compres vehículos usados.
- Obtener la opinión de
cumplimiento de obligaciones fiscales, en su caso, autorizar hacer
público el resultado de la misma.
- Presentar la declaración anual del
ejercicio de personas físicas cuando el saldo a favor sea igual o menor a
$10,000.00 y se utilice una CLABE precargada en el aplicativo del SAT.
- Solventar la inconsistencias determinadas
por la autoridad en la revisión de la declaración anual.
- Consultar en estado de guarda el trámite
de devolución solicitada en la declaración del ejercicio.
- Los fedatarios públicos enviar
información en materia de inscripción, avisos al RFC, obligación de pagar
ISR y el IVA, así como reimpresión de acuses.
- Generar la cédula de identificación fiscal.
- Generar la Constancia de registro en el RFC
(Constancia de Situación Fiscal).
- Presentar aviso de actualización de
actividades económicas y obligaciones de tu empresa.
- Expedir CFDI a través de "Mis
cuentas", en los supuestos previstos en la regla 2.7.1.21, ver
artículo en => Necesitas expedir un CFDI
y no cuentas con tu e.firma, no te preocupes.
- Enviar la contabilidad electrónica para las
donatarias autorizadas que no hubieran obtenido ingresos superiores a
$2,000,000.00.
- Utilizar la aplicación electrónica "Mis Cuentas" para los contribuyentes
del Régimen de Incorporación Fiscal y del Régimen de Actividades
Empresariales y profesionales que no hayan superado $2,000,000.00, en el
ejercicio de que se trate, así como las personas físicas que se dediquen
exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras
que no hubieran excedido de $4,000,000.00 en el ejercicio anterior y las
asociaciones religiosas. Lo anterior, para efectos del registro de
ingresos y gastos del periodo.
- Presentar las Declaraciones Informativas
Múltiple (DIM), Declaración informativa de operaciones con terceros
(DIOT), así como la Declaración Informativa Múltiple del Impuesto Especial
sobre Producción y Servicios” (MULTI-IEPS).
- Presentar Pagos Provisionales, definitivos y del
ejercicio de ISR, IVA, IEPS o IAEEH, así como del entero de retenciones y
declaraciones de pago de derechos por la utilidad compartida, de
extracción de hidrocarburos o de explotación de hidrocarburos. Incluye
declaraciones normales y complementarias.
- Ingresar al aplicativo para la generación,
cancelación y recuperación de CFDI (se requiere e.firma para sellarlos
digitalmente).
- Enviar tu contabilidad electrónica (se
requiere e.firma para sellarla digitalmente).
- Consulta el visor de comprobantes de nómina
para el patrón y para el trabajador.
- Enviar la solicitud para obtener el
Certificado de Sello Digital para emitir facturas.
- Presentar el Formato Electrónico de
compensación.
- Reimprimir acuses de declaraciones
presentadas, así como de la aplicación de Contabilidad Electrónica.
Como podrás darte cuenta, es de la mayor relevancia conservar en
un lugar seguro tu Contraseña, ya que con ésta podrás realizar una cantidad
importante de trámites ante la autoridad, si no la recuerdas, podrás resetearla
y volver a generar otra, bastará tener registrado tu correo electrónico en el
SAT y acceder a la siguiente liga: Genera y actualiza tu
Contraseña
Cualquier
duda o comentario, estamos a tus órdenes en nuestros medios de CONTACTO y en nuestras redes sociales FaceBook.
Comentarios
Publicar un comentario