¿Has tenido problema con el timbrado de tus recibos de nómina?
Recordarás que el 1 de febrero de 2020 entró en vigor el
complemento de nómina versión 1.2 dejándose sin efecto el “Apéndice 5
Procedimiento para el registro de Subsidio para el empleo causado, cuando no se
entregó en efectivo” de la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago
de nómina y su complemento”.
A partir de entonces los proveedores certificadores de CFDI
(conocidos como PAC) tienen la obligación de validar tres aspectos adicionales de tu
CFDI; el primero, que en todos los casos donde se paguen sueldos y salarios se
incluya el subsidio al empleo, aun y cuando sea cero “0” para el empleado;
el segundo, no será posible incluir el campo de subsidio al empleo para
personal contratado bajo un régimen diferente de sueldos y salarios o
asimilados a salarios; y tercero, se
validará que el monto consignado en el campo de subsidio al empleo no sea mayor
a los montos establecidos en las disposiciones fiscales.
Es importante no perder de vista, con especial atención, que
para aquellos empleados con ingresos mensuales inferiores a 7,382.24 y con
percepciones variables deberás realizar el cálculo mensual para confirmar que
el subsidio al empleo, en su caso, entregado en efectivo a tus empleados es
correcto, en su defecto, realizar la retención correspondiente, de acuerdo a la
nueva “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su
complemento”, donde se contemplan importantes cambios que entran en vigor en
enero 2020.
En mérito de lo anterior, te recomiendo que
confirmes con tu equipo de recursos humanos que todos tus empleados tengan
la clave 02 Sueldos (Incluye ingresos señalados
en la fracción I del artículo 94 de LISR) en el régimen de contratación, que en
todos los casos se incluya en los CFDI de nómina el campo 002 Subsidio para el
empleo aun cuando este sea cero por
no corresponderles cantidad alguna (ingresos mensuales superiores a $7,382.21),
y finalmente, si tienes colaboradores administrativos con un ingreso menor al
monto antes mencionado y se les cubren prestaciones acumulables variables,
confirmes la correcta determinación del subsidio al empleo de manera
mensual.
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