Promociones y confirmación de criterio a través del Buzón Tributario

 

En esta ocasión te quiero recordar que como servidor público de alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, centralizada, descentralizada o desconcentrada, así como de algún organismo constitucionalmente autónomo podemos solicitar al Servicio de Administración Tributaria nos confirme nuestro criterio sobre la interpretación o aplicación de las disposiciones fiscales en situaciones reales y concretas.

 

Para tal efecto, deberemos presentar nuestra promoción a través del buzón tributario con la e.firma del funcionario público competente para promover ante autoridades fiscales, en términos de la ficha de trámite 260/CFF “Consultas en línea que realicen las Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal, a través de la e.firma de funcionario público competente”, contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.

 

Considero que este es un canal adecuado y eficiente para plantear situaciones particulares como las que te comenté la semana pasada relacionada con la retención del 6% del Impuesto al Valor Agregado. 

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