Promociones y confirmación de criterio a través del Buzón Tributario
En esta ocasión te quiero recordar que como servidor público de
alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, Estatal o
Municipal, centralizada, descentralizada o desconcentrada, así como de algún
organismo constitucionalmente autónomo podemos solicitar al Servicio de Administración
Tributaria nos confirme nuestro criterio sobre la interpretación o aplicación
de las disposiciones fiscales en situaciones reales y concretas.
Para tal efecto, deberemos presentar nuestra promoción a través
del buzón tributario con la e.firma del funcionario público competente para
promover ante autoridades fiscales, en términos de la ficha de trámite 260/CFF
“Consultas en línea que realicen las Dependencias o Entidades de la
Administración Pública Federal, a través de la e.firma de funcionario público
competente”, contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para
2020.
Considero que este es un canal adecuado y eficiente para
plantear situaciones particulares como las que te comenté la semana pasada
relacionada con la retención del 6% del Impuesto al Valor Agregado.
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